Economía

19 mar 2018 - 7:59 p. m.

Revisión del fallo, la vía para mina Cerro Matoso

Administración del complejo minero espera notificación de la Corte Constitucional para estudiar la sentencia y emitir pronunciamiento.

Cerro Matoso

Archivo Portafolio.co

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19 mar 2018 - 7:59 p. m.

Aunque la administración de Cerro Matoso afirmó a través de un comunicado que solo espera la notificación de la Corte Constitucional por el fallo que le ordena una lista de requerimientos con respecto a su operación, solicitaría una revisión de la sentencia ante la Sala Plena de este alto tribunal.

Lea: (Corte Constitucional hace observaciones y requerimientos a la operación minera en Cerro Matoso).

En la nota, el complejo minero resalta que frente a las acciones de tutela presentadas por las comunidades vecinas a la operación y que fueron revisadas por la Corte Constitucional, a la fecha no ha sido notificado de sentencia alguna en el tema y por parte del alto tribunal.

Lea: (Cerro Matoso pagó $70.000 millones en regalías durante el 2016).

“Una vez sea notificada, la empresa evaluará la decisión y hará los pronunciamientos pertinentes. Cerro Matoso es una empresa respetuosa de las autoridades colombianas y de sus decisiones y siempre actúa bajo el marco normativo que le aplica”, señala el comunicado.

Cabe recordar que el viernes pasado, la Corte Constitucional en sentencia decidió que la citada firma minera deberá tramitar una nueva licencia ambiental que se acoja a los estándares constitucionales vigentes, luego de que se comprobara la “existencia de una grave situación de vulneración de derechos fundamentales en la zona” donde desarrolla su actividad.

De acuerdo con el contenido de la tutela, Cerro Matoso habría realizado tareas de exploración en este zona del departamento de Córdoba, afectando el medio ambiente de las comunidades indígenas, lo que ha generado enfermedades respiratorias, cardiovasculares y dermatológicas, entre otras.

El fallo también ordena a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior realizar el respectivo trámite con las comunidades, con el fin de fijar medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental respecto a los perjucios que podrían generar las labores extractivas de la compañía minera.

Adicional a esto, el Alto Tribunal manifestó que Cerro Matoso deberá pagar los daños causados a las comunidades. Para ello, precisó, debe proceder a la creación de un Fondo Especial de Etnodesarrollo para reparar a las víctimas.

En caso de que la minera no cumpla con estas órdenes, la Corte dice que el juez que primero conoció este caso puede ordenar “la suspensión de sus actividades extractivas”.
La sentencia de la Corte Constitucional se da cuando aún se encuentra vigente un acuerdo bilateral para la promoción y protección de inversiones entre el gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República de Colombia.

Así mismo, otro de similares características se suscribió el 13 de noviembre de 1996, y fue celebrado entre subsidiarias de South32, multinacional de la cual Cerro Matoso es filial, y representantes del Gobierno Nacional.

“Cerro Matoso en sus 35 años de operación ha cumplido con todos los requerimientos sociales y ambientales que han sido exigidos por todas las autoridades. Está comprometido con el pacto de Mineria Bien Hecha, y cumplirá con lo que la ley y la justicia decidan una vez agotadas las instancias a las que tienen derecho”, señaló Santiago Ángel Urdinola, presidente de la Asociación Colombiana de Minería (ACM).

Los magistrados le advierten al complejo minero que deben cumplir cada uno de los requerimientos, para lo cual tendrán plazo de un año, y de no cumplirlos en su totalidad, un juez de primera instancia de la tutela puede ordenar el congelamiento de tareas.

TRÁMITE PARA NUEVA LICENCIA

La sentencia de la Corte Constitucional también estableció que la administración del complejo minero deberá tramitar a la mayor brevedad posible una nueva licencia ambiental ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).

En sus argumentos el Alto Tribunal afirma que la “licencia ambiental de Cerro Matoso no se ajusta a lo estándares constitucionales de protección al medio ambiente”.

A renglón seguido, la sentencia les solicita no solo a la Anla, sino también a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge para que realicen un control ambiental estricto y efectivo a cada una de las operaciones del complejo minero.

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