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31 ene 2018 - 10:07 p. m.

El 88,6% de las Esal no entrarán al régimen tributario especial

Expertos aseguran que algunas son conscientes de que no cumplen con los requisitos y en otros casos por desconocimiento no han actualizado el RUT. 

Obtener el RUT por internet le puede ahorrar mucho tiempo.

Algunas Esal han sido conscientes de que no van a cumplir con los requisitos y por eso no han actualizado el RUT.

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31 ene 2018 - 10:07 p. m.

Las cifras de la Dian indican que en el 2017 se crearon en Colombia 7.863 entidades sin ánimo de lucro, de este total solo 671 se han acercado a la entidad para actualizar su Registro Único Tributario (RUT) con el que antes del 30 de abril podrán acreditarse como Esal y así, pertenecer por este año al régimen tributario especial que les entrega beneficios en materia del impuesto a la renta.

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Arley Alfonso, experto de PricewaterhouseCoopers (PwC) sostiene que “En algunos casos las entidades sin ánimo de lucro desconocen los plazos establecidos por el reglamento para la actualización del RUT, y en otros, puede no haber claridad respecto de los requisitos que se deben cumplir para pertenecer al régimen tributario especial”.

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Por departamentos, el número de Esal que aún no han actualizado el RUT es el siguiente: Bogotá: 800, Atlántico: 729, Valle del Cauca: 722, Antioquia: 618, Nariño: 561, Santander: 452 y Bolívar: 440.

Así mismo, la Dian también señaló que, para continuar en el régimen durante el año gravable 2018, y obtener el beneficio fiscal en materia del impuesto sobre la renta y complementario, estas entidades deberán presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo que para el efecto disponga la Dian en su página web a más tardar el 30 de abril de 2018.

(Lea: Urge la reglamentación de las entidades sin ánimo de lucro

De igual manera, según el experto de PwC “Es probable que algunas entidades consideren que las obligaciones para pertenecer al régimen tributario especial son excesivas, o no cumplen con ellas, por lo que optaron por no ingresar al mismo en este momento”.

La Unidad Tributaria, Información y Soluciones de Legis, asegura que son cuatro los principales procedimientos que las Esal deberán seguir en principio: permanencia, registro web, calificación y actualización del régimen. Sin embargo, estos, que se han calificado como “simples”, pueden llegar a complicar a muchas de estas organizaciones.

De igual forma, Luis Adelmo Plaza, funcionario de la Dian, asegura que “desde su inicio, esta medida no ha tenido un propósito recaudatorio sino de control sobre las actividades que estas organizaciones realizan”.

En concepto del departamento tributario de Legis, existen inquietudes con respecto a este procedimiento porque habrá que tener en cuenta si todas las entidades ya crearon su página web y si cuentan con los recursos e tecnológicos para hacerlo.

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