La Semana Santa superó las expectativas para la reactivación económica nacional en el sector turismo. Según el Ministerio de Comercio, fueron 1'520.000 usuarios de transporte aéreo, por lo que la cifra de facturación reportada por las aerolíneas subió un 375 % frente a 2021.
(En Semana Santa viajaron 68% más personas en terminales).
Para el subdirector de la Aeronáutica Civil, coronel Rolando Aros, “esta ha sido una época de semana Santa histórica para la movilización de pasajeros por vía aérea, incluso superando las cifras de prepandemia”.
Sin embargo, la reactivación del transporte aéreo en Semana Santa trajo consigo el aumento de quejas, molestias e inconvenientes relacionados con la sobreventa de los vuelos, pues muchos viajeros se vieron afectados por esta practica.
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En este sentido, surge la pregunta ¿en Colombia es legal sobrevender vuelos?
PORTAFOLIO consultó sobre este tema tanto con la Aerocivil, como con la Superintendencia de Transporte, las cuales concuerdan con que en Colombia es legal sobrevender los vuelos.
Según la Aerocivil, la sobreventa es legal y está contemplada dentro del Reglamento Aeronáutico Colombiano (RAC), "la razón principal es porque, de acuerdo a los estudios de ocupación, hay un porcentaje de pasajeros que no se presenta en el aeropuerto el día del vuelo. Para la industria, una silla vacía es un bien perecedero"
Asimismo, de acuerdo con el superintendente de Transporte, Wilmer Salazar, "si es legal, al punto que la Reglamentación Aeronáutica prevé ciertas reglas cuando ello ocurre".
Y agregó: "la única excepción se encuentra en el literal d) de la sección 13.525 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC), que establece una sanción consistente en multa de 370 UVT, a la aerolínea que 'durante períodos de alta temporada, incurra en sobreventa de un vuelo superior al 5% de la capacidad de pasajeros disponible en la aeronave respectiva'. En similar sentido, el literal c) de la sección 13.525 de los RAC, establece una sanción consistente en multa de 370 UVT, a la aerolínea que 'por sobreventa o cualquier otro motivo imputable a ella, niegue el embarque a un pasajero que hubiese adquirido un tiquete y reservado cupo para un determinado vuelo'".
Entonces, ¿qué derechos tienen las personas afectadas por vuelos sobrevendidos?
Para la Superintendencia de Transporte, las aerolíneas que incurren en la sobreventa, deben compensar al pasajero. "Y la forma como se disponen estas reglas, al igual que las sanciones cuando hay lugar a ellas, permiten concluir que existe un elemento de razonabilidad que debe incorporar la aerolínea en esta práctica" señaló Salazar.
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De hecho, el numeral 3.10.2.13.2 de los RAC, prevé las obligaciones que surgen para las aerolíneas ante la sobreventa del vuelo, las cuales son: 1. proporcionar al usuario cupo en el siguiente vuelo disponible, en la misma fecha y ruta, y ante la ausencia de vuelo en la misma aerolínea, deberá embarcarlo en otra lo más pronto posible; y 2. compensar al usuario con una suma equivalente al 30% del valor del trayecto.
En caso de que el pasajero sea transferido a otro vuelo de la misma o de otra aerolínea, se le compensará conforme corresponda al tiempo de espera hasta que salga ese otro vuelo:
(Costo del combustible está afectando el precio de tiquetes de avión).
-Demora de 1 hora e inferior a 3 horas: la aerolínea debe suministrar al pasajero un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de tres (3) minutos o por el medio más ágil disponible al lugar de destino, o al de origen en caso de conexiones, a requerimiento del pasajero.
-Demora superior a 3 horas e inferior a 5 horas: además de lo anterior, la aerolínea debe proporcionar al pasajero alimentos (desayuno, almuerzo o cena, según la hora).
-Demora superior a 5 horas: además de lo anterior, si sobrepasa de las 10: 00 PM (hora local), la aerolínea deberá proporcionarle hospedaje (si no se encuentra en su lugar de residencia) y gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.
Eso sí, según la Superintendencia de Transporte, "el usuario puede llegar a un acuerdo con la aerolínea para cambiar voluntariamente de vuelo, caso en el cual no se tendrá como sobreventa lo acontecido con ese pasajero".
PORTAFOLIO