Llegó la temporada escolar y con esta una gran cantidad de gastos, entre los que se destacan las matrículas, los útiles escolares y la compra de uniformes. Y como suele ser usual, cada año los padres presentan algunos inconvenientes con los precios que manejan las instituciones (especialmente las de carácter privado) y las listas absurdas de materiales educativos.
Por ello, es importante tener presente la normatividad y las recomendaciones que emiten las entidades para que durante esta temporada no paguen de más y sean víctimas de su desconocimiento.
Ante esto, en Portafolio.co preparó la siguiente guía de lo que debe saber de esta temporada escolar para que ni usted ni su bolsillo se vean afectados.
MATRICULAS ESCOLARES
Los padres que tienen a sus hijos inscritos en instituciones privadas deben enfrentar el costo de la matrícula. Según la Secretaría de Educación de Bogotá, la mayor queja en el sector no oficial es precisamente los valores que algunos colegios manejan en su escolaridad.
(Lea: ¿Qué traen las marcas en la temporada escolar para los ‘centennials’?)
Cifras de la entidad revelan que en el 2018 se atendieron 275 quejas en esta temporada relacionadas con las tarifas anuales, los cobros periódicos y otros cobros periódicos.
Ante esto, es necesario que usted sepa que para este año las matriculas en los colegios privados, según el Ministerio de Educación, deben tener un incremento de entre el 3,3% y el 7,2%. De pasar este rango, las instituciones estarán expuestas a sanciones de entre 50 y 200 salarios mínimos legales vigentes o a amonestaciones públicas, suspensión de licencias de funcionamiento o el reconocimiento de carácter oficial entre seis meses y un año.
Durante el 2018, la Dirección de Inspección y Vigilancia profirió cinco fallos sancionatorios.
Adicionalmente, debe tener en cuenta que, según la Ley 1269 de 2008, está prohibido el cobro de cuotas en dinero o especie, así como bonos o tarifas adicionales por concepto de matrícula, pensión y cobros periódicos.
(Lea: Comparar precios podría ahorrarle bastante en la compra de útiles escolares)
Las quejas o reclamos por excesos de los colegios en las tarifas educativas pueden presentarse en la Secretaría de Educación.
ÚTILES ESCOLARES
Los útiles escolares es la mayor pesadilla para algunos padres, porque además de enfrentarse a los precios, suelen encontrarse con materiales educativos absurdos.
Pero para ello, las leyes 1269 de 2008 y 24 de 1987 establecen lo que se puede y no se puede hacer en materia de solicitud de materiales escolares para el año lectivo.
Antes de presentar las recomendaciones que debe tener presentes en la lista de materiales, debe saber que ninguna institución puede impedir el ingreso de los estudiantes si no tienen la totalidad de los textos o uniformes requeridos. Tampoco es obligatorio que se entreguen todos los materiales solicitados a comienzo de año.
Aquí las recomendaciones para la lista de útiles:
• El colegio solo puede cambiar los textos trascurridos tres años de su adopción.
• El concepto de textos incluye tanto a los impresos como a los digitales. En el caso de plataformas educativas virtuales, los colegios solo pueden incluir en las listas los cobros por el componente correspondiente a materiales de dotación personal de los estudiantes.
• Los materiales solicitados deben ser esenciales para el desarrollo de los programas académicos. Los colegios deben garantizar el uso de todos los materiales solicitados.
• Solo se pueden solicitar textos o útiles escolares que estén incluidos en la lista aprobada por el Consejo Directivo del colegio.
• La familia no está obligada a adquirir la totalidad de los útiles escolares al inicio del año. Estos pueden ser comprados en la medida que sean requeridos para el desarrollo de las actividades.
• No se pueden exigir útiles escolares de marcas o proveedores definidos por el establecimiento educativo.
• El colegio no puede solicitar materiales de dotación que la institución esté en obligación de proveer como implementos de aseo, marcadores y resmas de papel, entre otros.
• El colegio solo podrá exigir un uniforme para el uso diario y otro para actividades de educación física. Tampoco se podrán solicitar prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes. También debe tener en cuenta que si por dificultades económicas un estudiante no tiene el uniforme completo, no puede ser sancionado, ni excluido del establecimiento educativo.